Convenio de la construcción en Gipuzkoa 2026: qué se cobra y qué dice el BOG

En Gipuzkoa la jornada reducida es la de invierno: 7 horas al día en diciembre y enero, por el art. 34 del convenio.

¿Cuánto se cobra en construcción aquí en 2026? Un peón ordinario tiene 31.650,73 € de salario de tabla y un oficial de primera, 35.715,54 €, según las tablas que el Boletín Oficial de Gipuzkoa publicó el 16 de febrero de 2026 con efectos desde el 1 de enero. La dieta completa es de 55,28 € al día y la jornada anual, 1.682 horas efectivas. Eso sí: aquí esas horas no se reparten como en el resto del sector, porque la jornada corta es la de invierno y la fija el propio articulado.

Datos comprobados el 19 de julio de 2026.

Tablas salariales 2026 de la construcción en Gipuzkoa

Las cifras que vienen debajo son las del BOG nº 30, de 16 de febrero de 2026, y se pueden dar por definitivas: aplican el IPC de 2025, ya cerrado, y no queda ninguna cláusula de revisión pendiente para el ejercicio. Una advertencia sobre el porcentaje. El boletín publica los importes, pero no imprime la subida: el 2,90 % que verás citado se deduce de comparar las tablas de 2025 con las de 2026, no es una cita literal del BOG. Y antes de buscar tu fila, mira en qué tabla estás. La Tabla A da el salario base al mes; la Tabla B, por hora.

Estado de las tablas: definitivas. Todos los importes de esta página son brutos y se transcriben tal y como figuran en la tabla oficial, indicando si son anuales, mensuales o por hora. Nunca publicamos importes netos: dependen de la situación personal de cada trabajador.

NivelCategoría profesionalImportes 2026Periodicidad
II — grupo tarifa 1TABLA A · Jefe/a de serviciosSalario tabla 68.021,96 · Salario base mes 5.260,87 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 3.590,46 · Paga extra 2.966,86 · Hora extra 70,12salario tabla anual; salario base mensual; hora extra por hora. ATENCIÓN: la columna del plus extrasalarial de la Tabla A (57,11) se publica en el BOG SIN unidad rotulada («Alok. kanp. plusa / Plus extra salarial», sin «mes», «día» ni «hora»); no se le atribuye periodicidad. Véase la nota específica en lagunas.
II — grupo tarifa 1TABLA A · Jefe/a de obraSalario tabla 62.842,88 · Salario base mes 4.862,98 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 3.344,15 · Paga extra 2.688,87 · Hora extra 64,73salario tabla anual; salario base mensual
II — grupo tarifa 1TABLA A · Ayudante de servicioSalario tabla 55.100,21 · Salario base mes 4.241,78 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.897,42 · Paga extra 2.457,50 · Hora extra 56,67salario tabla anual; salario base mensual
II — grupo tarifa 1TABLA A · PERSONAL TITULADO · Arquitecto/aSalario tabla 59.681,20 · Salario base mes 4.603,37 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 3.143,44 · Paga extra 2.636,24 · Hora extra 61,44salario tabla anual; salario base mensual
II — grupo tarifa 1TABLA A · PERSONAL TITULADO · Ingeniero/aSalario tabla 59.681,20 · Salario base mes 4.603,37 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 3.143,44 · Paga extra 2.636,24 · Hora extra 61,44salario tabla anual; salario base mensual
II — grupo tarifa 1TABLA A · PERSONAL TITULADO · Licenciado/aSalario tabla 54.375,61 · Salario base mes 4.185,13 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.859,11 · Paga extra 2.425,93 · Hora extra 55,92salario tabla anual; salario base mensual
III — grupo tarifa 2TABLA A · Aparejador/aSalario tabla 50.591,53 · Salario base mes 3.886,86 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.655,66 · Paga extra 2.276,10 · Hora extra 51,98salario tabla anual; salario base mensual
III — grupo tarifa 2TABLA A · Perito/a industrialSalario tabla 50.591,53 · Salario base mes 3.886,86 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.655,66 · Paga extra 2.276,10 · Hora extra 51,98salario tabla anual; salario base mensual
III — grupo tarifa 2TABLA A · Ingeniero/a técnico/a de Obras PúblicasSalario tabla 50.591,53 · Salario base mes 3.886,86 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.655,66 · Paga extra 2.276,10 · Hora extra 51,98salario tabla anual; salario base mensual
III — grupo tarifa 2TABLA A · Graduado/a socialSalario tabla 50.591,53 · Salario base mes 3.886,86 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.655,66 · Paga extra 2.276,10 · Hora extra 51,98salario tabla anual; salario base mensual
IV — grupo tarifa 2TABLA A · Ayudante técnico sanitario / practicanteSalario tabla 40.936,03 · Salario base mes 3.121,87 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.302,33 · Paga extra 1.832,46 · Hora extra 41,94salario tabla anual; salario base mensual
IV — grupo tarifa 3TABLA A · EMPLEADOS/AS · a) TÉCNICOS/AS · Ayudante de obraSalario tabla 48.351,32 · Salario base mes 3.710,15 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.623,56 · Paga extra 2.143,95 · Hora extra 49,65salario tabla anual; salario base mensual
IV — grupo tarifa 3TABLA A · EMPLEADOS/AS · a) TÉCNICOS/AS · Encargado/a generalSalario tabla 47.401,57 · Salario base mes 3.635,20 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.577,88 · Paga extra 2.104,14 · Hora extra 48,66salario tabla anual; salario base mensual
V — grupo tarifa 4TABLA A · Delineante proyectistaSalario tabla 46.371,56 · Salario base mes 3.554,11 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.527,44 · Paga extra 2.060,35 · Hora extra 47,59salario tabla anual; salario base mensual
VI — grupo tarifa 4TABLA A · Delineante de 1.ªSalario tabla 44.306,31 · Salario base mes 3.391,56 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.425,78 · Paga extra 1.972,58 · Hora extra 45,44salario tabla anual; salario base mensual
VII — grupo tarifa 4TABLA A · Delineante de 2.ªSalario tabla 38.499,22 · Salario base mes 2.934,34 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.141,81 · Paga extra 1.725,73 · Hora extra 39,40salario tabla anual; salario base mensual
VI — grupo tarifa 4TABLA A · Práctico/a topógrafo/a de 1.ªSalario tabla 46.371,56 · Salario base mes 3.554,11 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.527,44 · Paga extra 2.060,35 · Hora extra 47,59salario tabla anual; salario base mensual
VII — grupo tarifa 4TABLA A · Práctico/a topógrafo/a de 2.ªSalario tabla 44.306,31 · Salario base mes 3.391,56 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.425,78 · Paga extra 1.972,58 · Hora extra 45,44salario tabla anual; salario base mensual
IX — grupo tarifa 7TABLA A · Ayudante de práctico topógrafoSalario tabla 38.499,22 · Salario base mes 2.934,34 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.141,81 · Paga extra 1.725,73 · Hora extra 39,40salario tabla anual; salario base mensual
IX — grupo tarifa 7TABLA A · Calcador/aSalario tabla 34.466,82 · Salario base mes 2.616,60 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 1.944,93 · Paga extra 1.555,54 · Hora extra 35,21salario tabla anual; salario base mensual
XIII — grupo tarifa 11TABLA A · Aspirante (técnicos)Salario tabla 32.693,66 · Salario base mes 2.477,00 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 1.858,01 · Paga extra 1.480,22 · Hora extra 33,36salario tabla anual; salario base mensual
III — grupo tarifa 3TABLA A · b) ADMINISTRATIVOS/AS · Jefe/a de 1.ªSalario tabla 49.685,13 · Salario base mes 3.815,03 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.689,15 · Paga extra 2.201,22 · Hora extra 51,04salario tabla anual; salario base mensual
V — grupo tarifa 3TABLA A · b) ADMINISTRATIVOS/AS · Jefe/a de 2.ªSalario tabla 47.401,57 · Salario base mes 3.635,20 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.577,88 · Paga extra 2.104,14 · Hora extra 48,66salario tabla anual; salario base mensual
IV — grupo tarifa 3TABLA A · b) ADMINISTRATIVOS/AS · Jefe/a de personalSalario tabla 47.401,57 · Salario base mes 3.635,20 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.577,88 · Paga extra 2.104,14 · Hora extra 48,66salario tabla anual; salario base mensual
IV — grupo tarifa 4TABLA A · b) ADMINISTRATIVOS/AS · ComercialSalario tabla 44.306,31 · Salario base mes 3.391,56 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.425,78 · Paga extra 1.972,58 · Hora extra 45,44salario tabla anual; salario base mensual
VI — grupo tarifa 5TABLA A · b) ADMINISTRATIVOS/AS · Oficial de 1.ª (administrativo)Salario tabla 44.306,31 · Salario base mes 3.391,56 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.425,78 · Paga extra 1.972,58 · Hora extra 45,44salario tabla anual; salario base mensual
VIII — grupo tarifa 5TABLA A · b) ADMINISTRATIVOS/AS · Oficial de 2.ª (administrativo)Salario tabla 38.499,22 · Salario base mes 2.934,34 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 2.141,81 · Paga extra 1.725,73 · Hora extra 39,40salario tabla anual; salario base mensual
IX — grupo tarifa 7TABLA A · b) ADMINISTRATIVOS/AS · AuxiliaresSalario tabla 35.222,90 · Salario base mes 2.675,11 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 1.994,10 · Paga extra 1.587,19 · Hora extra 35,99salario tabla anual; salario base mensual
XIII — grupo tarifa 11TABLA A · b) ADMINISTRATIVOS/AS · AspirantesSalario tabla 33.165,18 · Salario base mes 2.514,10 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 1.881,47 · Paga extra 1.500,20 · Hora extra 33,85salario tabla anual; salario base mensual
IX — grupo tarifa 7TABLA A · b) ADMINISTRATIVOS/AS · TelefonistaSalario tabla 33.165,18 · Salario base mes 2.514,10 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 1.881,47 · Paga extra 1.500,20 · Hora extra 33,85salario tabla anual; salario base mensual
IX — grupo tarifa 6TABLA A · c) SUBALTERNOS/AS · ConserjeSalario tabla 34.764,03 · Salario base mes 2.640,09 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 1.959,09 · Paga extra 1.567,87 · Hora extra 35,52salario tabla anual; salario base mensual
X — grupo tarifa 6TABLA A · c) SUBALTERNOS/AS · Cobradores/asSalario tabla 34.764,03 · Salario base mes 2.640,09 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 1.959,09 · Paga extra 1.567,87 · Hora extra 35,52salario tabla anual; salario base mensual
X — grupo tarifa 6TABLA A · c) SUBALTERNOS/AS · Ordenanza, portero/a, enfermero/aSalario tabla 34.187,70 · Salario base mes 2.594,66 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 1.931,31 · Paga extra 1.543,46 · Hora extra 34,92salario tabla anual; salario base mensual
XII — grupo tarifa 6TABLA A · c) SUBALTERNOS/AS · BotonesSalario tabla 25.245,54 · Salario base mes 1.851,23 · Plus extrasalarial 57,11 · Vacaciones 1.729,56 · Paga extra 1.262,12 · Hora extra 25,61salario tabla anual; salario base mensual
VI — grupo tarifa 4TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · Encargado/a de obraSalario tabla 40.215,89 · Salario base hora 19,32 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 19,62 · Vacaciones 2.721,71 · Paga extra 2.246,67 · Hora extra 41,32salario tabla anual; salario base POR HORA; plus extrasalarial por hora efectiva trabajada
VII — grupo tarifa 8TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · CapatazSalario tabla 37.731,43 · Salario base hora 18,10 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 18,40 · Vacaciones 2.589,09 · Paga extra 2.096,77 · Hora extra 38,73salario tabla anual; salario base POR HORA
(no consta nivel ni grupo en la tabla)TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · Jefe/a de equipo — ATENCIÓN: en el BOG esta fila NO lleva ni nivel, ni grupo tarifa, ni salario tabla, ni vacaciones, ni paga extra: sólo figura la cifra 0,57. En la tabla 2025 la misma fila figura igual, con 0,55. La reconciliación (0,55 × 1,029 = 0,566 → 0,57) confirma que es un importe horario revalorizado con el resto, pero el boletín NO rotula literalmente qué columna es.0,57no rotulada en el boletín (importe por hora, según reconciliación)
VII — grupo tarifa 4TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · EspecialistaSalario tabla 37.731,43 · Salario base hora 18,10 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 18,40 · Vacaciones 2.589,09 · Paga extra 2.096,77 · Hora extra 38,73salario tabla anual; salario base POR HORA
VIII — grupo tarifa 8TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · Oficial de 1.ªSalario tabla 35.715,54 · Salario base hora 17,19 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 17,49 · Vacaciones 2.360,64 · Paga extra 1.968,36 · Hora extra 36,63salario tabla anual; salario base POR HORA
IX — grupo tarifa 8TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · Oficial de 2.ªSalario tabla 34.522,98 · Salario base hora 16,55 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 16,85 · Vacaciones 2.325,66 · Paga extra 1.927,81 · Hora extra 35,39salario tabla anual; salario base POR HORA
X — grupo tarifa 9TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · AyudanteSalario tabla 33.471,54 · Salario base hora 16,07 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 16,37 · Vacaciones 2.235,78 · Paga extra 1.850,71 · Hora extra 34,30salario tabla anual; salario base POR HORA
XI — grupo tarifa 9TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · Peón especializadoSalario tabla 32.136,94 · Salario base hora 15,38 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 15,68 · Vacaciones 2.148,44 · Paga extra 1.807,37 · Hora extra 32,91salario tabla anual; salario base POR HORA
XII — grupo tarifa 10TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · Peón ordinarioSalario tabla 31.650,73 · Salario base hora 15,22 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 15,52 · Vacaciones 2.063,61 · Paga extra 1.741,24 · Hora extra 32,41salario tabla anual; salario base POR HORA
XIII — grupo tarifa 11TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · Formación 3.er añoSalario tabla 29.291,49 · Salario base hora 14,13 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 14,43 · Vacaciones 2.014,37 · Paga extra 1.502,93 · Hora extra 29,95salario tabla anual; salario base POR HORA
XIII — grupo tarifa 11TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · Formación 2.º añoSalario tabla 25.939,41 · Salario base hora 12,54 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 12,84 · Vacaciones 1.682,99 · Paga extra 1.329,77 · Hora extra 26,46salario tabla anual; salario base POR HORA
XIV — grupo tarifa 12TABLA B · a) OFICIOS CLÁSICOS · Formación 1.er añoSalario tabla 22.542,33 · Salario base hora 10,96 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 11,26 · Vacaciones 1.490,55 · Paga extra 1.056,23 · Hora extra 22,93salario tabla anual; salario base POR HORA
VI — grupo tarifa 4TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · Jefe/a de tallerSalario tabla 41.113,08 · Salario base hora 19,78 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 20,08 · Vacaciones 2.782,64 · Paga extra 2.277,94 · Hora extra 42,25salario tabla anual; salario base POR HORA
VII — grupo tarifa 4TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · ContramaestreSalario tabla 39.731,76 · Salario base hora 19,10 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 19,40 · Vacaciones 2.738,18 · Paga extra 2.181,39 · Hora extra 40,81salario tabla anual; salario base POR HORA
VII — grupo tarifa 4TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · EspecialistaSalario tabla 37.731,43 · Salario base hora 18,10 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 18,40 · Vacaciones 2.589,09 · Paga extra 2.096,77 · Hora extra 38,73salario tabla anual; salario base POR HORA
VIII — grupo tarifa 8TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · Oficial de 1.ªSalario tabla 35.715,54 · Salario base hora 17,19 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 17,49 · Vacaciones 2.360,64 · Paga extra 1.968,36 · Hora extra 36,63salario tabla anual; salario base POR HORA
IX — grupo tarifa 8TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · Oficial de 2.ªSalario tabla 34.522,98 · Salario base hora 16,55 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 16,85 · Vacaciones 2.325,66 · Paga extra 1.927,81 · Hora extra 35,39salario tabla anual; salario base POR HORA
X — grupo tarifa 9TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · AyudanteSalario tabla 33.471,54 · Salario base hora 16,07 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 16,37 · Vacaciones 2.235,78 · Paga extra 1.850,71 · Hora extra 34,30salario tabla anual; salario base POR HORA
XI — grupo tarifa 9TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · Peón especializadoSalario tabla 32.136,94 · Salario base hora 15,38 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 15,68 · Vacaciones 2.148,44 · Paga extra 1.807,37 · Hora extra 32,91salario tabla anual; salario base POR HORA
XIII — grupo tarifa 11TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · Formación 3.er añoSalario tabla 29.291,49 · Salario base hora 14,13 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 14,43 · Vacaciones 2.014,37 · Paga extra 1.502,93 · Hora extra 29,95salario tabla anual; salario base POR HORA
XIII — grupo tarifa 11TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · Formación 2.º añoSalario tabla 25.939,41 · Salario base hora 12,54 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 12,84 · Vacaciones 1.682,99 · Paga extra 1.329,77 · Hora extra 26,46salario tabla anual; salario base POR HORA
XIV — grupo tarifa 12TABLA B · b) OFICIOS AUXILIARES · Formación 1.er añoSalario tabla 22.542,33 · Salario base hora 10,96 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 11,26 · Vacaciones 1.490,55 · Paga extra 1.056,23 · Hora extra 22,93salario tabla anual; salario base POR HORA
VII — grupo tarifa 7TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Auxiliar técnico/a de obraSalario tabla 36.995,80 · Salario base hora 17,72 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 18,02 · Vacaciones 2.537,48 · Paga extra 2.074,34 · Hora extra 37,97salario tabla anual; salario base POR HORA
IX — grupo tarifa 8TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Auxiliar administrativo/a de obraSalario tabla 35.715,54 · Salario base hora 17,19 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 17,49 · Vacaciones 2.360,64 · Paga extra 1.968,36 · Hora extra 36,63salario tabla anual; salario base POR HORA
IX — grupo tarifa 6TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Listero/aSalario tabla 34.275,54 · Salario base hora 16,43 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 16,73 · Vacaciones 2.348,36 · Paga extra 1.893,66 · Hora extra 35,14salario tabla anual; salario base POR HORA
X — grupo tarifa 6TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Almacenero/a de almacén generalSalario tabla 35.240,44 · Salario base hora 16,98 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 17,28 · Vacaciones 2.364,48 · Paga extra 1.905,50 · Hora extra 36,14salario tabla anual; salario base POR HORA
X — grupo tarifa 6TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Almacenero/a de obraSalario tabla 34.275,54 · Salario base hora 16,43 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 16,73 · Vacaciones 2.348,36 · Paga extra 1.893,66 · Hora extra 35,14salario tabla anual; salario base POR HORA
X — grupo tarifa 6TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Guarda juradoSalario tabla 33.471,54 · Salario base hora 16,07 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 16,37 · Vacaciones 2.235,78 · Paga extra 1.850,71 · Hora extra 34,30salario tabla anual; salario base POR HORA
X — grupo tarifa 6TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Vigilante de taller o almacénSalario tabla 32.136,94 · Salario base hora 15,38 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 15,68 · Vacaciones 2.148,44 · Paga extra 1.807,37 · Hora extra 32,91salario tabla anual; salario base POR HORA
X — grupo tarifa 6TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Enfermero/aSalario tabla 34.275,54 · Salario base hora 16,43 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 16,73 · Vacaciones 2.348,36 · Paga extra 1.893,66 · Hora extra 35,14salario tabla anual; salario base POR HORA
XII — grupo tarifa 10TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Personal de limpiezaSalario tabla 31.284,30 · Salario base hora 15,03 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 15,33 · Vacaciones 2.078,42 · Paga extra 1.710,41 · Hora extra 32,02salario tabla anual; salario base POR HORA
VIII — grupo tarifa 8TABLA B · c) AUXILIARES DE OBRA · Cocinero/aSalario tabla 36.995,80 · Salario base hora 17,72 · Plus extrasalarial 0,30 · Suma 18,02 · Vacaciones 2.537,48 · Paga extra 2.074,34 · Hora extra 37,97salario tabla anual; salario base POR HORA
Tabla salarial Gipuzkoa 2026 — 66 categorías, transcritas del boletín oficial.

Ficha del convenio: quién lo firma y hasta cuándo vale

El texto se llama Convenio Colectivo del sector de la Construcción y Obras Públicas de Gipuzkoa para los años 2025-2028, con código 20000455011981. Lo suscribieron el 30 de julio de 2025 Ascongi-Adegi por parte de las empresas y ELA y CC.OO. por la parte trabajadora; LAB y UGT no lo firmaron. Conviene tener claro el ámbito: el País Vasco no negocia la construcción por convenio autonómico, sino que Gipuzkoa, Bizkaia y Álava tienen tres convenios independientes. El de aquí lo registra y publica la Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social del Gobierno Vasco. El art. 3 declara duración indefinida para el convenio básico y sus anexos, y son las partes las que fijan el plazo de los anexos vigentes: del 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028.

DatoGipuzkoa
Convenio aplicableConvenio Colectivo del sector de la Construcción y Obras Públicas de Gipuzkoa para los años 2025-2028
Ámbitoprovincial (territorio histórico de Gipuzkoa). El País Vasco NO negocia la construcción por convenio autonómico: hay tres convenios provinciales/forales independientes (Gipuzkoa, Bizkaia y Álava). El de Gipuzkoa lo registra y publica la Delegación Territorial de Trabajo y Seguridad Social de Gipuzkoa (Gobierno Vasco) en el Boletín Oficial de Gipuzkoa.
Código de convenio20000455011981
Publicado enBoletín Oficial de Gipuzkoa (BOG) / Gipuzkoako Aldizkari Ofiziala, nº nº 30 (revisión salarial 2026). El texto del convenio 2025-2028 es el BOG nº 161, de 16 de febrero de 2026 (revisión salarial 2026, Resolución de 27 de enero de 2026 del Delegado Territorial Victor Monreal de la Iglesia). Texto del convenio: BOG nº 161 de 26 de agosto de 2025
VigenciaEl art. 3 declara que el convenio colectivo básico y sus anexos tienen DURACIÓN INDEFINIDA (sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional quinta), y son las partes las que fijan el plazo de los anexos vigentes: literalmente «las partes acuerdan que los presentes anexos entrarán en vigor el 01-01-2025 finalizando el 31-12-2028, quedando denunciados a los 60 días antes de su vencimiento, procediéndose a su revisión por la Mesa Negociadora Permanente, siendo vigentes hasta que se produzca un acuerdo en dicha Mesa que los sustituya». FIRMANTES: el convenio se suscribió el 30 de julio de 2025 por Ascongi-Adegi en representación de las empresas y por los sindicatos ELA y CC.OO. en representación de la parte trabajadora (no lo firman LAB ni UGT); la Resolución de registro, depósito y publicación es de 20 de agosto de 2025, del Delegado Territorial Victor Monreal de la Iglesia. Distinto es el acta de actualización de tablas 2021-2024, que sí está firmada por ELA, LAB, UGT, CCOO y ASCONGI-ADEGI. La Comisión paritaria prevista en el convenio la integran Ascongi-Adegi y ELA, LAB, UGT y CC.OO.
Estado de las tablas 2026Definitivas
Subida pactada2,90 %. El art. 20 del convenio dice: «A partir del 1 de enero de 2026 las tablas salariales vigentes al 31 de diciembre de 2025 se incrementarán aplicando el Índice de Precios al Consumo de 2025 resultante», con la cláusula «En caso de que el Índice de Precios al Consumo resultante fuese negativo, la cantidad aplicable a dicha referencia será 0». La revisión publicada en el BOG de 16-2-2026 materializa ese IPC. VERIFICACIÓN ARITMÉTICA INDEPENDIENTE: tabla 2025 × 1,029 reconcilia al céntimo en las 66 filas comprobadas (p.ej. Peón ordinario 30.758,73 → 31.650,73; Oficial 1ª 34.708,98 → 35.715,54; Encargado de obra 39.082,50 → 40.215,89; Formación 1er año 21.907,03 → 22.542,33). El propio boletín NO imprime el porcentaje: el 2,90 % es la cifra que se deduce de la reconciliación tabla 2025→2026, no una cita literal del BOG.
RetroactividadSí, efectos desde el 1 de enero de 2026 (el convenio dice «a partir del 1 de enero de 2026»), mientras que la publicación en el BOG es del 16 de febrero de 2026: procede abono de atrasos de enero y de la primera quincena de febrero. El boletín no fija plazo específico de abono de esos atrasos (a diferencia del acuerdo de 2021-2024, que sí fijó el 30 de noviembre de 2025 como fecha límite).
Datos comprobados el 19 de julio de 2026 en Boletín Oficial de Gipuzkoa (BOG) / Gipuzkoako Aldizkari Ofiziala.

Dietas, media dieta y kilometraje en Gipuzkoa

Aquí la media dieta no tiene un importe único: hay uno para el personal de los niveles II y III y otro, algo menor, para los niveles restantes. La regla de devengo también es concreta y conviene leerla antes que la cifra. La media dieta se cobra cuando puedes volver a dormir a tu domicilio habitual pero tienes que hacer un recorrido superior a diez kilómetros entre casa y la obra o centro de trabajo inicial, y ese derecho existe aunque no te desplaces de un centro a otro durante la jornada. La dieta completa se devenga cuando no puedes pernoctar en tu domicilio. El kilometraje distingue si conduces solo o acompañado por otros trabajadores de la empresa. El Anexo II prevé que dietas y kilometrajes se actualicen cada 1 de enero con el IPC del año anterior, igual que las tablas.

ConceptoImporte 2026
Dieta completa55,28 euros diarios, TODOS los niveles (Anexo II de la revisión 2026, BOG nº 30 de 16-2-2026). Se devenga cuando el/la trabajador/a no pueda volver a pernoctar en su domicilio habitual. En 2025 eran 53,72 € (importe transcrito del Anexo II del convenio, BOG nº 161 de 26-8-2025).
Media dietaDOS importes según nivel: a) Personal de los niveles II y III: 17,71 euros diarios. b) Personal de los niveles restantes: 17,59 euros diarios (Anexo II de la revisión 2026, BOG nº 30 de 16-2-2026). En 2025 eran 17,21 € y 17,09 € respectivamente (importes transcritos del Anexo II del convenio, BOG nº 161 de 26-8-2025).
Plus de distancia / transporteNO existen como pluses autónomos con importe propio. El art. 29 los subsume en un único PLUS EXTRASALARIAL que engloba literalmente cuatro conceptos indemnizatorios: «Plus de transporte», «Plus de distancia hasta 10 kilómetros», «Desgaste de herramientas» y «Ropa de trabajo (excluye la ropa de agua)». El art. 29 añade que «este plus se devengará por hora efectiva trabajada en jornada normal y su importe será el fijado en las tablas anexas». IMPORTES 2026 — Tabla B (personal de obra): 0,30 €. Aquí el devengo horario está además confirmado por la propia tabla, porque la columna «Suma» es exactamente el salario base hora más el plus (p. ej. Encargado de obra 19,32 + 0,30 = 19,62). Tabla A (personal de tablas mensuales): 57,11 €. En la Tabla A el BOG NO rotula unidad en esa columna y una lectura por hora efectiva sería aritméticamente imposible (57,11 × 1.682 h = 96.058 € anuales, por encima del salario tabla más alto, 68.021,96 €), de modo que el importe se transcribe SIN atribuirle periodicidad. Ambos importes están congelados: 0,30 y 57,11 figuran idénticos en las tablas de 2021, 2022, 2023 y 2024 (BOG nº 170 de 8-9-2025), 2025 (Anexo I del BOG nº 161 de 26-8-2025) y 2026 (BOG nº 30 de 16-2-2026).

KILOMETRAJE 2026 (Anexo II, BOG nº 30 de 16-2-2026): 0,43 euros por km recorrido, abonables exclusivamente a los conductores; y 0,45 euros por km recorrido si viajan acompañados/as por otro u otros/as trabajadores/as de la empresa. En 2025 eran 0,42 € y 0,44 € (transcritos del Anexo II del convenio, BOG nº 161 de 26-8-2025). El propio Anexo II del convenio prevé expresamente que dietas y kilometrajes se actualicen cada 1 de enero aplicando el IPC del año anterior, igual que las tablas salariales. DEVENGO DE LA MEDIA DIETA: se devenga cuando el trabajador pueda volver a pernoctar a su domicilio habitual y siempre y cuando tenga que realizar un recorrido superior a diez kilómetros entre su domicilio y el centro u obra de trabajo inicial; este derecho existe incluso aunque no se produzca desplazamiento entre centros de trabajo. La dieta completa se devenga cuando no pueda volver a pernoctar en su domicilio habitual. Verificación aritmética independiente: todos los importes de dietas y kilometraje de 2025 × 1,029 reconcilian al céntimo con los de 2026 (53,72 → 55,28; 17,21 → 17,71; 17,09 → 17,59; 0,42 → 0,43; 0,44 → 0,45).

Lo que solo pasa en Gipuzkoa: jornada de invierno y bocadillo votado

En buena parte del sector la jornada intensiva es cosa del verano. Aquí es al revés, y no la fija un calendario anual revisable sino el art. 34 del convenio: de lunes a viernes, salvo talleres, fábricas o pacto en contrario, diciembre y enero son de 7 horas al día y 35 a la semana; noviembre y febrero, de 7 h 30 min y 37 h 30 min; el resto del año, 8 y 40. El texto no explica el motivo de ese reparto invertido: se limita a fijarlo. El mismo artículo añade una escala paralela de horas de presencia para quien para a comer el bocadillo. La elección no la hace la empresa ni cada trabajador por su cuenta: el acuerdo lo adopta la mitad más uno de la plantilla, se comunica por escrito a la dirección y rige para toda ella mientras dure el convenio. La interrupción del bocadillo no se abona. El tercer rasgo tiene historia judicial. La discrepancia sobre las tablas de 2021, nacida del IPC negativo de 2020, llegó a la sentencia 387/2025 del Tribunal Supremo, de 7 de mayo de 2025; en su ejecución las partes revisaron aquellas tablas y actualizaron las de 2022, 2023 y 2024. El convenio nuevo lleva la cicatriz incorporada: el art. 20 blinda que, si el IPC resultante fuese negativo, la cantidad aplicable a esa referencia será 0.

Jornada y calendario laboral 2026

La jornada anual de 2026 está en el Anexo III y va bajando por años dentro de la vigencia pactada. Lo que cambia el día a día, sin embargo, es el reparto del art. 34: tres tramos de lunes a viernes, con el tramo corto en invierno y no en verano. Si en tu empresa se ha votado parar para el bocadillo, se aplica la segunda escala, la de horas de presencia, algo más larga en el reloj porque solo se pagan las horas efectivamente trabajadas. En festivos, el art. 35 obliga a cada empresa a confeccionar su calendario laboral antes del 31 de enero y encarga a la Comisión Negociadora Permanente un calendario tipo de referencia para las que no lo hayan hecho. Ese calendario tipo no consta publicado. Sí consta el día no retribuido de libre disposición, que se solicita con siete días de antelación.

Concepto2026
Jornada anual1.682 horas efectivas de trabajo y 1.738,5 horas de presencia (Anexo III del convenio, año 2026). Para fábricas y talleres: jornada partida 1.682 horas efectivas y jornada continuada y turnos 1.682 horas efectivas. El Anexo III precisa que en estas cifras «se incluyen para estos años, 15 minutos de descanso que se computarán como tiempo de trabajo efectivo y en consecuencia tendrán el carácter de retribuidos». La serie completa pactada es: 2025 → 1.740,5 presencia / 1.684 efectivas; 2026 → 1.738,5 / 1.682; 2027 → 1.735,5 / 1.679; 2028 → 1.732,5 / 1.676. Transcrito del Anexo III (JORNADA LABORAL) del PDF oficial del BOG nº 161 de 26-8-2025, anuncio c2506022.
Jornada intensivaNO existe jornada intensiva de verano. Gipuzkoa invierte el modelo habitual del sector: la reducción de jornada es de INVIERNO y está en el propio art. 34, no en un calendario anual. Salvo talleres/fábricas o pacto en contrario, la jornada se distribuye de lunes a viernes así: DICIEMBRE Y ENERO 7 horas efectivas diarias y 35 horas semanales; NOVIEMBRE Y FEBRERO 7 horas y 30 minutos diarias y 37 horas y 30 minutos semanales; RESTO DEL AÑO 8 horas diarias y 40 horas semanales. Existe además una segunda escala para quienes optan por tomar el bocadillo, expresada en horas de PRESENCIA: diciembre y enero 36 h 15 min semanales (7 h 15 min diarios); noviembre y febrero 38 h 45 min (7 h 45 min diarios); resto del año 41 h 15 min (8 h 15 min diarios). El acuerdo sobre disfrutar o no del bocadillo lo adopta la mitad más uno de la plantilla, se comunica por escrito a la dirección, se aplica en un plazo máximo de 15 días desde la notificación, rige para toda la plantilla durante la vigencia del convenio y en todo caso sólo se retribuyen las horas efectivamente trabajadas, excluyéndose el abono del periodo de interrupción para el bocadillo.

Si además vas a abrir una obra nueva, la jornada y el calendario se cruzan con la comunicación de apertura del centro de trabajo, que es un trámite distinto y previo al inicio de los trabajos.

Convenio estatal y convenio de Gipuzkoa: quién regula qué

El reparto es bastante limpio. el VII Convenio General del Sector de la Construcción pone el marco común de todo el país: la clasificación profesional en niveles y grupos que ves encabezando las filas de estas tablas, la formación del sector, la seguridad y salud y el marco de la Tarjeta Profesional de la Construcción. El convenio de Gipuzkoa pone el dinero y el tiempo: tablas salariales, dietas, kilometraje y jornada. Por eso un nivel VIII significa lo mismo aquí que en Cádiz, pero el importe que le corresponde no. Y cuando el convenio guipuzcoano no cuantifica algo —el plus de nocturnidad del art. 32, por ejemplo, que remite al acuerdo de cada empresa o centro de trabajo—, no hay cifra provincial que aplicar.

El VII Convenio General del Sector de la Construcción declara su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir de esa fecha las tablas y las condiciones aquí recogidas quedan pendientes de la negociación del siguiente convenio.

Lo que a día de hoy no está publicado

Hay cosas del convenio de Gipuzkoa que no podemos darte porque no están publicadas, y preferimos decirlo antes que rellenarlas con lo que se suele hacer en el sector. La principal son los festivos propios del sector para 2026: el calendario tipo que el art. 35 encarga a la Comisión Negociadora Permanente no aparece en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, y el barrido de sumarios del BOG hasta el 19 de julio de 2026 no localiza ninguna publicación posterior del convenio ni de su código. A eso se suman detalles que el propio boletín imprime sin etiquetar y conceptos que el convenio menciona sin cuantificar. Esta es la lista completa.

  • Fiestas propias del sector en 2026: no podemos dártelas. El calendario del sector que el artículo 35 encarga a la comisión negociadora no aparece publicado en el Boletín Oficial de Gipuzkoa. Hemos repasado los sumarios uno a uno y no hay rastro. Consulta el calendario de tu empresa.
  • Jefe de equipo: el boletín publica esa fila casi vacía. No indica nivel, grupo, salario de tabla, vacaciones ni paga extra; solo aparece la cifra 0,57, y sin decir a qué columna corresponde. Por eso no le ponemos etiqueta propia ni te decimos si es un importe por hora.
  • La subida de 2026: el boletín del 16 de febrero de 2026 publica las tablas, pero no imprime el porcentaje. El 2,90 % que verás citado es una cifra deducida comparando unas tablas con otras, no un dato transcrito del boletín. Conviene que lo tengas presente.
  • Atrasos de 2026: el boletín no fija fecha límite para liquidar la diferencia de enero y de la primera quincena de febrero de 2026. No podemos decirte cuándo tiene que pagártela la empresa. Si te afecta, pregunta en tu convenio o a la representación de los trabajadores.
  • Antigüedad consolidada: el convenio la menciona una y otra vez, al mandar sumar ese porcentaje sobre vacaciones y gratificaciones, pero no hemos podido confirmar la tabla ni la regla de cálculo. Por eso no la publicamos. Tendrás que mirarlo en el texto del convenio.
  • Plus de nocturnidad: el artículo 32 no fija ninguna cuantía provincial. Lo remite a lo que se acuerde en cada empresa o centro de trabajo, así que no hay un importe que podamos darte. Míralo en el acuerdo de tu empresa.
  • Una corrección de errores: el BOG núm. 178, de 18 de septiembre de 2025, corrigió la publicación del BOG núm. 170 y volvió a publicar aquel acuerdo entero. Afecta solo a las tablas de 2021-2024, que aquí no publicamos, y no toca las de 2026. No hemos cotejado una versión con otra.
  • ¿Son definitivas las tablas de 2026? Las damos por cerradas, porque aplican un IPC de 2025 ya conocido y no queda pendiente ninguna cláusula de revisión para 2026. Aun así, te lo decimos claro: el boletín no llega a usar la palabra «definitivas» en ningún momento.
  • Plus extrasalarial de la tabla A (57,11 €): la cifra está comprobada contra el boletín, pero la columna va sin unidad y el convenio no aclara si ese importe es por hora, por día o por mes. Te damos la cifra tal como está publicada, y te avisamos: no la uses como valor por hora para calcular una nómina.
  • Un plus congelado: las cifras de 0,30 y 57,11 se repiten sin cambio en las tablas de 2021, 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026. El convenio no incluye ninguna cláusula que revalorice este plus, al contrario de lo que ocurre con los salarios y con las dietas y kilometrajes.

Esta página es información orientativa elaborada a partir del boletín oficial que se cita. No sustituye al texto oficial del convenio ni constituye asesoramiento laboral. Ante cualquier discrepancia, prevalece lo publicado en el boletín.

Preguntas frecuentes

¿Desde cuándo se aplica la subida? ¿Hay atrasos?

Las tablas tienen efectos desde el 1 de enero de 2026, pero el Boletín Oficial de Gipuzkoa no las publicó hasta el 16 de febrero, en el BOG nº 30. Entre una fecha y otra se cobró con los importes de 2025, así que procede abonar atrasos de enero y de la primera quincena de febrero. El boletín no fija plazo para liquidarlos, a diferencia del acuerdo de tablas 2021-2024, que sí puso fecha límite.

¿Y un oficial de primera?

Un oficial de primera de la Tabla B, la de oficios de obra, tiene en 2026 un salario de tabla de 35.715,54 € y un salario base de 17,19 € por hora. Aparte va el plus extrasalarial de 0,30 € por hora efectiva trabajada, que la propia tabla muestra ya sumado en su columna «Suma»: 17,19 + 0,30 = 17,49 €. Ese plus lleva congelado en 0,30 € desde las tablas de 2021.

¿A qué categoría corresponde mi puesto?

La clasificación en niveles (del II al XIV) y grupos de tarifa viene del convenio general del sector, no de Gipuzkoa. Lo que sí es de aquí es que las categorías se reparten en dos tablas distintas: la Tabla A agrupa técnicos, administrativos y subalternos con salario base mensual, y la Tabla B agrupa oficios clásicos, oficios auxiliares y auxiliares de obra con salario base por hora. Antes de buscar tu categoría, identifica en cuál de las dos estás: cambia la unidad de todo lo demás.

¿El salario de tabla es bruto o neto?

Bruto. Los 31.650,73 € del peón ordinario son antes de IRPF y de cotización; lo que llega al banco es menos. Las dietas de Gipuzkoa son otra cosa: 55,28 € la completa, de naturaleza extrasalarial, porque compensan un gasto y no forman parte de ese bruto salarial. Y ojo con el plus extrasalarial de la Tabla A, 57,11 €: el BOG lo publica sin unidad rotulada, así que no sirve para calcular una nómina por horas.

Fuentes y comprobación: fuente 1 · fuente 2 · fuente 3 · fuente 4 · fuente 5 · fuente 6 · fuente 7 · fuente 8 · fuente 9

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