Convenio de la construcción en Guadalajara 2026: jornada, calendario y tablas salariales

Cuadro horario 2026 del sector en Guadalajara: 1.736 horas efectivas, viernes de 5 horas todo el año y el 5 de junio marcado como no laborable junto al Corpus.

La jornada del sector en la provincia se queda en 1.736 horas de trabajo efectivo repartidas en 245 días, y se cumple sin jornada intensiva de verano: 8,5 horas de lunes a jueves y 5 los viernes, las 52 semanas del año. El calendario pactado para 2026 añade cinco días no laborables propios de construcción, entre ellos el viernes 5 de junio, que enlaza con el Corpus del jueves 4 y arma un puente sectorial de cuatro días. Debajo tienes el calendario, las tablas definitivas de 2026 y las dietas, tal como se publicaron en el BOP de Guadalajara.

Datos comprobados el 19 de julio de 2026.

Jornada y calendario laboral 2026 en Guadalajara

El cuadro horario de 2026 parte de una suma total de horas al año, le descuenta la media anual de vacaciones y deja la jornada efectiva que verás en la tabla. La distribución diaria es la misma los doce meses: nada de jornada continuada en julio y agosto. El convenio fija 40 horas semanales de lunes a viernes salvo pacto en contrario y un tope de 9 horas ordinarias efectivas al día. Ojo con un detalle que se cuela en muchas nóminas: los 15 minutos de bocadillo, entre las 9:30 y las 10:30, no computan como trabajo efectivo y quedan fuera de las 40 horas. Tanto la jornada como los días no laborables se establecen a título orientativo: la empresa puede sustituirlos por otros previo acuerdo con la plantilla o sus representantes.

Concepto2026
Jornada anual1.736 horas de trabajo efectivo (art. 21.1 del convenio y Cuadro Horario 2026). El cuadro horario detalla: SUMA TOTAL HORAS AÑO 1.904 h 30′ — VACACIONES MEDIA ANUAL 168 h 30′ = HORAS TRABAJADAS 1.736 h, sobre 245 días. Jornada semanal de 40 horas de lunes a viernes salvo pacto en contrario (art. 21.2). Máximo 9 horas ordinarias de trabajo efectivo diario. Los 15 minutos de ‘tiempo de bocadillo’ (entre las 9:30 y las 10:30) NO computan como trabajo efectivo y quedan fuera de las 40 horas semanales.
Fiestas propias del sectorDías NO LABORABLES en construcción (N.L.) pactados para 2026, sin perder su carácter laboral para futuros convenios: 2 y 5 de enero, 5 de junio, y 24 y 31 de diciembre. En el cuadro horario figura además el 4 de junio como F.R. (fiesta en Castilla-La Mancha, Corpus Christi) y dos fiestas locales (F.L.) en Guadalajara capital: 8 y 18 de septiembre de 2026. El art. 27 del convenio reconoce como fiestas laborales abonables y no recuperables las 12 fiestas nacionales y las 2 locales del art. 37 ET; no crea festivo sectorial propio adicional. IMPORTANTE: tanto la jornada como los días no laborables se establecen A TÍTULO ORIENTATIVO, pudiendo las empresas sustituirlos por otros distintos por acuerdo con sus trabajadores o representantes.
Jornada intensivaEl calendario 2026 de Guadalajara NO establece jornada intensiva de verano. En su lugar fija una distribución de jornada uniforme durante todo el año: 8,5 horas de lunes a jueves y 5 horas los viernes. Es decir, el ‘viernes corto’ de 5 horas se aplica las 52 semanas del año, incluidos julio y agosto. Lo que sí prevé el convenio (art. 21.6) es la posibilidad de pactar un horario específico para la ESTACIÓN INVERNAL, a fin de aprovechar al máximo las escasas horas de luz solar, mediante acuerdo expreso entre empresa y representantes de las personas trabajadoras o, en su defecto, por la Comisión Paritaria Provincial.

Si además vas a abrir una obra nueva, la jornada y el calendario se cruzan con la comunicación de apertura del centro de trabajo, que es un trámite distinto y previo al inicio de los trabajos.

El puente del Corpus y el viernes corto permanente

Guadalajara está en Castilla-La Mancha, una de las pocas comunidades que conserva el Corpus Christi como festivo autonómico. En 2026 cae en jueves, el 4 de junio. Lo llamativo es que la mesa negociadora (APEC-Guadalajara, CCOO del Hábitat y UGT-FICA) pacta además el viernes 5 de junio como no laborable en construcción: un puente sectorial de cuatro días que no sale del calendario oficial, sino del acuerdo entre patronal y sindicatos. La segunda diferencia está en el verano. Aquí no hay jornada intensiva estival: se trabajan 8,5 horas de lunes a jueves y 5 los viernes durante todo el año, así que el viernes corto es permanente. En cambio, el art. 21.6 permite pactar un horario específico para la estación invernal, para aprovechar las escasas horas de luz solar. Y ojo: las fiestas locales del cuadro horario, 8 y 18 de septiembre, son las de Guadalajara capital. Si tu tajo está en otro municipio, te aplican las de ese ayuntamiento.

Ficha del convenio provincial de Guadalajara

El convenio en vigor es el del Sector de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Guadalajara, con vigencia del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026. Tiene una peculiaridad de tramitación que conviene conocer: el texto íntegro no llegó al BOP hasta mayo de 2026, ya en el último año de su propia vigencia, después de entrar en el Registro en febrero y ser subsanado en mayo. Las tablas y el calendario, en cambio, salieron antes, en enero. En la ficha de abajo tienes el código de convenio, las fechas exactas y los números de boletín de cada publicación, por si necesitas citarlos en una nómina o en una revisión.

DatoGuadalajara
Convenio aplicableConvenio Colectivo del Sector de la Construcción y Obras Públicas de la Provincia de Guadalajara
Ámbitoprovincial
Código de convenio19000105011981
Publicado enBOP de Guadalajara, nº nº 4 (tablas salariales 2025-2026); nº 5 (calendario laboral 2026); nº 91 (texto íntegro del convenio 2022-2026), de 8 de enero de 2026 (tablas); 9 de enero de 2026 (calendario); 15 de mayo de 2026 (texto del convenio)
VigenciaDel 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2026. Suscrito por la Asociación Provincial de Empresas de la Construcción de Guadalajara (APEC-Guadalajara), CCOO del Hábitat de Guadalajara y UGT-FICA de Guadalajara. El texto íntegro del convenio tuvo entrada en el Registro el 20 de febrero de 2026 y fue subsanado el 4 de mayo de 2026, publicándose en el BOP nº 91 de 15 de mayo de 2026. Como el ámbito provincial y el VII CGSC agotan su vigencia el 31/12/2026, 2027 queda pendiente de nueva negociación.
Estado de las tablas 2026Definitivas
Subida pactada3,00% sobre las tablas vigentes en 2025, con efectos desde el 1 de enero de 2026 (art. 55.5 del VII CGSC). Previamente, las tablas de 2025 se fijaron aplicando un 3,50% sobre las Tablas Revisadas de 2024. La revisión de las tablas de 2024 fue del 0,4% por la Cláusula de Garantía Salarial del art. 55.4 del VII CGSC (IPC acumulado diciembre 2022+2023+2024 = 11,6%), revisión que NO tuvo efectos retroactivos y sólo sirvió de base de cálculo para 2025.
RetroactividadLas tablas de 2026 tienen efectos desde el 1 de enero de 2026 y se publicaron el 8 de enero de 2026, por lo que prácticamente no generan atrasos. Sí los generaron las tablas de 2025: se publicaron en el mismo BOP nº 4 de 8 de enero de 2026 con efectos desde el 1 de enero de 2025, es decir, con un año completo de retroactividad. El Acta de la que derivan se suscribió el 11 de diciembre de 2025 y entró en el Registro el 29 de diciembre de 2025.
Datos comprobados el 19 de julio de 2026 en BOP de Guadalajara.

Tablas salariales 2026 del convenio de Guadalajara

Las tablas de 2026 son definitivas y aplican una subida del 3,00% sobre las vigentes en 2025, con efectos desde el 1 de enero, conforme al art. 55.5 del VII Convenio General. Como se publicaron el 8 de enero de 2026, apenas generan atrasos. Distinto fue lo de 2025: esas tablas salieron en el mismo boletín, pero con efectos retroactivos al 1 de enero de 2025, o sea con un año completo de atrasos por regularizar. Verás dos anexos distintos, el de retribuciones mensuales y el de retribuciones diarias, y una tabla aparte de contribución empresarial al plan de pensiones. Fíjate en cuál te aplica antes de comparar cifras: no son intercambiables.

Estado de las tablas: definitivas. Todos los importes de esta página son brutos y se transcriben tal y como figuran en la tabla oficial, indicando si son anuales, mensuales o por hora. Nunca publicamos importes netos: dependen de la situación personal de cada trabajador.

NivelCategoría profesionalImportes 2026Periodicidad
Nivel IIAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.566,88 € | Plus Asist. y Activ. 757,00 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 2.461,00 € | Vacaciones 30 días 2.790,17 € | P.E. Junio y Navidad 2.790,17 € (cada una) | Total Año 35.441,51 €mensual (Total Año calculado sobre 11 mensualidades + vacaciones + 2 pagas extra)
Nivel IIIAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.328,58 € | Plus Asist. y Activ. 651,18 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 2.116,88 € | Vacaciones 30 días 2.354,42 € | P.E. Junio y Navidad 2.354,42 € (cada una) | Total Año 30.348,94 €mensual
Nivel IVAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.294,45 € | Plus Asist. y Activ. 646,93 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 2.078,50 € | Vacaciones 30 días 2.308,72 € | P.E. Junio y Navidad 2.308,72 € (cada una) | Total Año 29.789,66 €mensual
Nivel VAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.237,45 € | Plus Asist. y Activ. 571,62 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 1.946,19 € | Vacaciones 30 días 2.148,77 € | P.E. Junio y Navidad 2.148,77 € (cada una) | Total Año 27.854,40 €mensual
Nivel VIAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.119,57 € | Plus Asist. y Activ. 515,61 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 1.772,30 € | Vacaciones 30 días 1.945,11 € | P.E. Junio y Navidad 1.945,11 € (cada una) | Total Año 25.330,63 €mensual
Nivel VIIAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.103,11 € | Plus Asist. y Activ. 505,87 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 1.746,10 € | Vacaciones 30 días 1.895,70 € | P.E. Junio y Navidad 1.895,70 € (cada una) | Total Año 24.894,20 €mensual
Nivel VIIIAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.097,49 € | Plus Asist. y Activ. 464,54 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 1.699,15 € | Vacaciones 30 días 1.801,70 € | P.E. Junio y Navidad 1.801,70 € (cada una) | Total Año 24.095,75 €mensual
Nivel IXAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.070,97 € | Plus Asist. y Activ. 399,30 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 1.607,39 € | Vacaciones 30 días 1.739,93 € | P.E. Junio y Navidad 1.739,93 € (cada una) | Total Año 22.901,08 €mensual
Nivel XAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.043,09 € | Plus Asist. y Activ. 356,95 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 1.537,16 € | Vacaciones 30 días 1.656,00 € | P.E. Junio y Navidad 1.656,00 € (cada una) | Total Año 21.876,76 €mensual
Nivel XIAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.024,28 € | Plus Asist. y Activ. 356,95 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 1.518,35 € | Vacaciones 30 días 1.628,24 € | P.E. Junio y Navidad 1.628,24 € (cada una) | Total Año 21.586,57 €mensual
Nivel XIIAnexo VII – Tabla de retribuciones mensuales 2026Salario Base 1.021,36 € | Plus Asist. y Activ. 356,95 € | Plus Extrasalarial 137,12 € | Total Mes 1.515,43 € | Vacaciones 30 días 1.626,44 € | P.E. Junio y Navidad 1.626,44 € (cada una) | Total Año 21.549,05 €mensual
Nivel VIAnexo VI – Tabla de retribuciones DIARIAS 2026Salario Base 36,93 € | Plus Asist. y Activ. 25,05 € | Plus Extrasalarial 6,65 € | Horas Extras 14,07 € | P.E. Junio y Navidad 1.952,62 € | Vacaciones 30 días 1.952,62 €por día (salvo pagas y vacaciones, que son importes de 30 días)
Nivel VIIAnexo VI – Tabla de retribuciones DIARIAS 2026Salario Base 36,23 € | Plus Asist. y Activ. 24,65 € | Plus Extrasalarial 6,65 € | Horas Extras 14,18 € | P.E. Junio y Navidad 1.905,79 € | Vacaciones 30 días 1.905,79 €por día (salvo pagas y vacaciones, que son importes de 30 días)
Nivel VIIIAnexo VI – Tabla de retribuciones DIARIAS 2026Salario Base 36,06 € | Plus Asist. y Activ. 22,60 € | Plus Extrasalarial 6,65 € | Horas Extras 13,66 € | P.E. Junio y Navidad 1.809,87 € | Vacaciones 30 días 1.809,87 €por día (salvo pagas y vacaciones, que son importes de 30 días)
Nivel IXAnexo VI – Tabla de retribuciones DIARIAS 2026Salario Base 35,13 € | Plus Asist. y Activ. 19,49 € | Plus Extrasalarial 6,65 € | Horas Extras 13,01 € | P.E. Junio y Navidad 1.743,95 € | Vacaciones 30 días 1.743,95 €por día (salvo pagas y vacaciones, que son importes de 30 días)
Nivel XAnexo VI – Tabla de retribuciones DIARIAS 2026Salario Base 34,23 € | Plus Asist. y Activ. 17,42 € | Plus Extrasalarial 6,65 € | Horas Extras 12,42 € | P.E. Junio y Navidad 1.661,40 € | Vacaciones 30 días 1.661,40 €por día (salvo pagas y vacaciones, que son importes de 30 días)
Nivel XIAnexo VI – Tabla de retribuciones DIARIAS 2026Salario Base 33,70 € | Plus Asist. y Activ. 17,42 € | Plus Extrasalarial 6,65 € | Horas Extras 12,30 € | P.E. Junio y Navidad 1.632,31 € | Vacaciones 30 días 1.632,31 €por día (salvo pagas y vacaciones, que son importes de 30 días)
Nivel XIIAnexo VI – Tabla de retribuciones DIARIAS 2026Salario Base 33,51 € | Plus Asist. y Activ. 17,42 € | Plus Extrasalarial 6,65 € | Horas Extras 12,24 € | P.E. Junio y Navidad 1.628,24 € | Vacaciones 30 días 1.628,24 €por día (salvo pagas y vacaciones, que son importes de 30 días)
Nivel IIContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 34,00 € | Plus Asist. y Activ. 16,43 € | Total Mes 50,43 € | Vacaciones 30 días 60,54 € | Paga Extra Junio 60,54 € | Paga Extra Navidad 60,54 € | Total Año 736,35 €mensual
Nivel IIIContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 28,83 € | Plus Asist. y Activ. 14,12 € | Total Mes 42,95 € | Vacaciones 30 días 51,08 € | Paga Extra Junio 51,08 € | Paga Extra Navidad 51,08 € | Total Año 625,69 €mensual
Nivel IVContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 28,08 € | Plus Asist. y Activ. 14,03 € | Total Mes 42,11 € | Vacaciones 30 días 50,10 € | Paga Extra Junio 50,10 € | Paga Extra Navidad 50,10 € | Total Año 613,51 €mensual
Nivel VContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 26,84 € | Plus Asist. y Activ. 12,41 € | Total Mes 39,25 € | Vacaciones 30 días 46,63 € | Paga Extra Junio 46,63 € | Paga Extra Navidad 46,63 € | Total Año 571,64 €mensual
Nivel VIContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 24,30 € | Plus Asist. y Activ. 11,19 € | Total Mes 35,49 € | Vacaciones 30 días 42,20 € | Paga Extra Junio 42,20 € | Paga Extra Navidad 42,20 € | Total Año 516,99 €mensual
Nivel VIIContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 23,93 € | Plus Asist. y Activ. 10,98 € | Total Mes 34,91 € | Vacaciones 30 días 41,13 € | Paga Extra Junio 41,13 € | Paga Extra Navidad 41,13 € | Total Año 507,40 €mensual
Nivel VIIIContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 23,81 € | Plus Asist. y Activ. 10,09 € | Total Mes 33,90 € | Vacaciones 30 días 39,09 € | Paga Extra Junio 39,09 € | Paga Extra Navidad 39,09 € | Total Año 490,17 €mensual
Nivel IXContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 23,23 € | Plus Asist. y Activ. 8,66 € | Total Mes 31,89 € | Vacaciones 30 días 37,75 € | Paga Extra Junio 37,75 € | Paga Extra Navidad 37,75 € | Total Año 464,04 €mensual
Nivel XContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 22,63 € | Plus Asist. y Activ. 7,74 € | Total Mes 30,37 € | Vacaciones 30 días 35,93 € | Paga Extra Junio 35,93 € | Paga Extra Navidad 35,93 € | Total Año 441,86 €mensual
Nivel XIContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 22,23 € | Plus Asist. y Activ. 7,74 € | Total Mes 29,97 € | Vacaciones 30 días 35,34 € | Paga Extra Junio 35,34 € | Paga Extra Navidad 35,34 € | Total Año 435,69 €mensual
Nivel XIIContribución empresarial al Plan de Pensiones 2026 – retribuciones mensualesSalario Base 22,16 € | Plus Asist. y Activ. 7,74 € | Total Mes 29,90 € | Vacaciones 30 días 35,30 € | Paga Extra Junio 35,30 € | Paga Extra Navidad 35,30 € | Total Año 434,80 €mensual
Tabla salarial Guadalajara 2026 — 29 categorías, transcritas del boletín oficial.

Dietas, media dieta y plus de transporte

Las dietas van por tramos de niveles, no nivel a nivel, y se actualizaron para 2026 con el mismo criterio que las tablas salariales. La dieta completa se devenga cuando el desplazamiento impide pernoctar en la residencia habitual; si la empresa costea alojamiento y manutención, sólo abona el 20% de esa dieta completa. La media dieta se devenga por día efectivo trabajado. Mención aparte para el plus extrasalarial de distancia y transporte del art. 45: es de igual cuantía para todos los grupos y categorías, así que un nivel XII cobra lo mismo que un nivel II por este concepto. Y una regla que se olvida a menudo (art. 46): si el desplazamiento obliga a emplear más de una hora en cada viaje de ida y de vuelta, el exceso se abona a prorrata del salario del convenio.

ConceptoImporte 2026
Dieta completaAnexo VIII, Dietas 2026: Niveles I, II y III → 46,97 € | Niveles IV y V → 39,16 € | Niveles VI y VII → 38,75 € | Restantes Niveles → 35,03 €
Media dietaAnexo VIII, Dietas 2026: Niveles I, II y III → 15,92 € | Niveles IV y V → 15,50 € | Niveles VI y VII → 13,30 € | Restantes Niveles → 13,30 €
Plus de distancia / transporteArt. 45 del convenio: Plus Extrasalarial de distancia y transporte, calculado por día efectivo de trabajo y DE IGUAL CUANTÍA PARA TODOS LOS GRUPOS Y CATEGORÍAS. Importe 2026: 137,12 € al mes en la tabla de retribuciones mensuales (Anexo VII) y 6,65 € por día en la tabla de retribuciones diarias (Anexo VI). En 2025 fue de 133,13 €/mes y 6,46 €/día.

Las dietas de 2024 se actualizaron para 2025 y 2026 de la misma manera que las tablas salariales (art. 86.6 del VII CGSC), es decir +3,50% en 2025 y +3,00% en 2026; la aritmética reconcilia al céntimo en las ocho cifras. Obsérvese que el Anexo VIII de dietas SÍ incluye el Nivel I (agrupado con II y III), aunque el Nivel I no figura en las tablas salariales, ya que el personal de alta dirección queda excluido del convenio. Art. 48: la dieta completa se devenga por desplazamiento que impida pernoctar en la residencia habitual; si la empresa costea alojamiento y manutención sólo satisface el 20% de la dieta completa; la media dieta se devenga por día efectivo trabajado. Art. 46 (Locomoción): si el desplazamiento obliga a emplear más de 1 hora en cada viaje de ida y de vuelta, el exceso se abona a prorrata del salario del Convenio.

Convenio estatal y convenio provincial: qué fija cada uno

El reparto es sencillo de recordar. El VII Convenio General del Sector de la Construcción pone el marco común: la clasificación profesional en niveles, la formación obligatoria, seguridad y salud y el régimen de la tarjeta profesional de la construcción. Puedes consultarlo en el marco estatal del sector. El convenio de Guadalajara aterriza ese marco en dinero y en tiempo: fija las tablas salariales de cada nivel, los importes de dietas y media dieta, el plus extrasalarial de transporte y el calendario laboral con sus días no laborables, el puente del Corpus incluido. Cuando el convenio provincial no cuantifica un concepto, se remite al estatal, y así ocurre aquí con varias materias. La coincidencia importante es la fecha: ambos textos agotan su vigencia el 31 de diciembre de 2026.

El VII Convenio General del Sector de la Construcción declara su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026. A partir de esa fecha las tablas y las condiciones aquí recogidas quedan pendientes de la negociación del siguiente convenio.

Lo que a día de hoy no está publicado

Preferimos decirte qué no tenemos antes de que lo descubras cotejando la nómina. En Guadalajara faltan por publicar o no pueden transcribirse con garantías varios extremos: desde una tabla del plan de pensiones que sale descuadrada en el PDF oficial hasta la denominación literal de las categorías, porque los anexos se limitan a numerar los niveles sin decir cuál es peón y cuál oficial de primera. Tampoco hay importes provinciales para antigüedad, penosidad o indemnizaciones, ni tablas para 2027. Esta es la lista completa, tal cual:

  • Plan de pensiones, retribuciones diarias: no publicamos esta tabla, ni la de 2025 ni la de 2026. En el PDF oficial las filas salen descuadradas: en la de 2026, las de paga extra de junio, paga extra de Navidad y vacaciones aparecen partidas, con importes repetidos y huecos. Sí tienes la de retribuciones mensuales.
  • Antigüedad, penosidad e indemnizaciones: no hemos encontrado ninguna cuantía provincial para el complemento personal de antigüedad, los pluses de penosidad, toxicidad o peligrosidad ni las indemnizaciones por muerte o incapacidad. En estas materias el convenio se remite al VII CGSC, así que no publicamos ningún importe.
  • Nombre de cada categoría: las tablas salariales solo van del Nivel II al Nivel XII, y el Nivel I únicamente asoma en el Anexo VIII de dietas, agrupado con el II y el III. En los anexos publicados no consta si un nivel es peón, oficial de 1ª o encargado, así que no se lo asignamos.
  • Acuerdos posteriores: no podemos confirmar si existe algún acuerdo registrado después del 15 de mayo de 2026 y todavía sin publicar. En el buscador del BOP de Guadalajara solo constan el BOP nº 4 de 8-1-2026, el nº 5 de 9-1-2026 y el nº 91 de 15-5-2026: ni corrección de errores, ni comisión paritaria, ni mediación.
  • Tablas de 2027: no existen. Tanto el convenio provincial como el VII CGSC agotan su vigencia el 31 de diciembre de 2026 y, a día de hoy, no consta publicado el inicio de ninguna negociación. Si haces previsiones a ese plazo, tendrás que esperar al nuevo convenio.
  • Anexo VI (retribuciones diarias): es la única tabla que publicamos sin poder comprobarla por dentro, porque no trae columna de total. La hemos contrastado por otras vías: el importe de 6,65 € se repite en todos los niveles y el art. 45 dice que el Plus Extrasalarial es igual para todos. Aun así, queda advertido.

Esta página es información orientativa elaborada a partir del boletín oficial que se cita. No sustituye al texto oficial del convenio ni constituye asesoramiento laboral. Ante cualquier discrepancia, prevalece lo publicado en el boletín.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa cuando venza el VII Convenio General el 31-12-2026?

En Guadalajara vencen los dos textos a la vez: el convenio provincial 2022-2026 agota su vigencia el mismo 31 de diciembre de 2026 y a día de hoy no consta publicado el inicio de una nueva negociación. Es decir, el calendario de 2026 —con el puente del Corpus del 4 y 5 de junio— es el último pactado bajo este convenio. Hasta que haya acuerdo nuevo, lo publicado para 2026 sigue siendo la referencia aplicable.

¿Cómo se calcula la antigüedad?

El convenio de Guadalajara no fija ninguna cuantía propia de complemento personal de antigüedad: ni en el articulado ni en los anexos publicados aparece un importe provincial. Se aplica por tanto lo previsto en el VII Convenio General del Sector de la Construcción. Ocurre lo mismo con la penosidad, la toxicidad y las indemnizaciones por muerte o incapacidad, que tampoco están cuantificadas a nivel provincial. Si tu empresa aplica un importe distinto, vendrá de pacto de empresa, no del convenio de Guadalajara.

¿Cuánto cobra un peón de la construcción en Guadalajara en 2026?

No podemos darte una cifra etiquetada como «peón» con honestidad: las tablas de Guadalajara se limitan a numerar del Nivel II al Nivel XII y no incluyen la denominación de cada categoría. El nivel más bajo publicado, el XII, suma 1.515,43 € al mes entre salario base, plus de asistencia y plus extrasalarial. Comprueba en tu contrato o en tu nómina qué nivel tienes asignado y busca esa fila exacta en la tabla.

¿Las tablas de 2026 son definitivas o provisionales?

Son definitivas. Recogen la subida del 3,00% pactada sobre las tablas de 2025 y se publicaron en el BOP de Guadalajara el 8 de enero de 2026, con efectos desde el día 1, así que en la práctica no generan atrasos. El caso llamativo es el anterior: las tablas de 2025 se publicaron en ese mismo boletín de enero de 2026, con un año completo de retroactividad y los atrasos correspondientes.

Fuentes y comprobación: fuente 1 · fuente 2 · fuente 3 · fuente 4 · fuente 5 · fuente 6

O

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